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martes, 24 de septiembre de 2019

PROCURADURÍA SANCIONÓ AL EXALCALDE Y 13 EXCONCEJALES DE VILLAVICENCIO, META


Bogotá, 24 de septiembre de 2019. La Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión e inhabilidad especial por 9 meses al exalcalde de Villavicencio, Meta, Juan Guillermo Zuluaga Cardona, y 13 exconcejales, por irregularidades en la aprobación del proyecto para reformar la planta de personal y el ajuste salarial a funcionarios del concejo municipal en 2013.

La sanción también fue impuesta a Óscar Armando Alejo Cano, Alexander Baquero Sanabria, Miguel Giovanni Beltrán Knorr, Carlos Alberto Carreño Pedraza, Walter Cock Echavez, Marco Aurelio López Lozada, José Yesid Morales Espitia, Jairo Narváez Falla, José Antonio Pérez Casiano, Mario Germán Rey Rey, José Manuel Sandoval Garzón, Luis Fernando Vargas peña, y Hector Fabio Vélez Bermúdez, quienes se desempeñaron como concejales de Villavicencio en octubre de 2013.

El Ministerio Público señaló que el exalcalde sancionó el Acuerdo No. 205 de 2013, pese a tener conocimiento de que no era viable y en lugar de devolverlo para que el concejo lo archivara, dispuso su publicación inmediata, logrando la modificación de la planta de personal y el ajuste salarial a los funcionarios de la corporación municipal.

Así mismo, se pudo establecer que los cabildantes omitieron el ejercicio de sus funciones al debatir y decidir acerca de unas objeciones de derecho e inconveniencia formuladas por la alcaldía contra el proyecto No. 205-2013, y a pesar de eso votaron favorablemente sus correcciones, declararon la integridad del mismo y lo remitieron al despacho del alcalde para que fuera firmado, contrariando lo establecido por la normatividad vigente.

La Procuraduría señaló que con su actuar, los investigados vulneraron el reglamento interno del concejo, ya que las objeciones de inconveniencia, debían ser archivadas, corregidas y presentadas en el siguiente periodo y no como fueron ajustadas para la sanción del acuerdo, el 31 de octubre del 2013.

En el fallo de primera instancia las faltas fueron calificadas como graves a título de dolo. Esta decisión se encuentra en trámite de notificación



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