En
la Casa de Nariño, el presidente de la República, Iván Duque, presentó
oficialmente la ley del vendedor informal, normativa que dotará de protección
social y laboral a ese gremio.
El
mandatario reconoció que la normativa que sancionó no solucionará
milagrosamente la situación de los vendedores informales, pero afirmó que son
los primeros pasos para proteger a ese gremio.
“Esto
no tiene soluciones milagrosas, pero empieza un proceso coherente, creíble,
escalonado, con justicia social. Queremos llegarle a ese ciudadano, pero el
trabajo que se realice con los gobiernos locales y departamentales es clave en
este proceso que ya empezó”, sostuvo Duque.
Y
agregó: “Invitamos a los gobernantes locales para que se habiliten espacios,
para que se pueda pagar por el espacio con una suma moderada, inclusive pueden
apoyarla, pero es para avanzar en una transición, en el mundo hay ciudades que
ya vienen trabajando en eso”.
Sobre
las herramientas que tiene la ley se establece que los vendedores informales
deberán ser carnetizados, según el Gobierno para mejorar la identificación de
esa población en el espacio público.
“La
política pública establecerá la carnetización de los vendedores informales para
facilitar su identificación en el espacio público. Las organizaciones de
vendedores informales legalmente constituidas podrán realizar la veeduría a la
carnetización”, dice uno de los apartes de un documento del Gobierno Nacional.
También
añade el documento: “La Ley ordena establecer programas y proyectos encaminados
a garantizar el mínimo vital y la subsistencia en condiciones dignas de esta
población, para lo cual se deben implementar alternativas de trabajo formal
para vendedores ambulantes. De la misma forma, permite desarrollar programas de
capacitación a vendedores informales en diversas artes u oficios a través del
Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena)”.
Además
establece que “el Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio del Trabajo y del
Ministerio de Salud y Protección, posibilitará la vinculación de vendedores
informales con ingresos inferiores a un salario mínimo mensual vigente a los
diferentes mecanismos de protección social, disponibles para esta población, en
particular en materia de salud y protección a la vejez, sin perjuicio de la
temporalidad”.