Villavicencio. Distinto
al pronunciamiento de la Procuraduría Regional que suspendió por 90 días de la
Diputada, Claudia Patricia Garzón Torres, el Tribunal de lo Contencioso
Administrativo del Meta, negó la medida solicitada
por el demandante.
En desarrollo de la
audiencia y con ponencia del magistrado, Héctor Enrique Rey Moreno, la sala de
decisiones del Tribunal, negó petición
de Oscar Bejarano, en razón a que no fue explícito en su argumentación ni reunió
los elementos de valor para sustentar tal petición.
Sin embargo, el
Tribunal manifestó que la demanda de Acción de Nulidad Electoral hasta ahora
comienza a surtir todo el trámite procesal hasta dictar fallo.
La Corporación fijará
fecha próximamente para citar a la Diputada a audiencia de inicio del proceso
en su contra y posteriormente decretar la práctica de pruebas.
Es de aclarar que la
decisión del Tribunal de no decretar la suspensión temporal de la Diputada, no
incide de ninguna manera en la decisión de la Procuraduría Regional del Meta,
por tratarse de dos instancias totalmente diferentes.
Ante la Procuraduría es
un proceso Disciplinario y en el Tribunal es una demanda de nulidad Electoral,
y que ambos negocios tienen sus etapas de evolución hasta cuando dicten
sentencias, las dos entidades