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viernes, 29 de abril de 2016

AVANZA PROYECTO DE PROTECCIÓN LABORAL PARA PREPENSIONADOS


La iniciativa busca proteger el derecho al trabajo, a la salud y a una vida digna de las personas mayores, que estén a tres años de cumplir la edad de pensión.

Estudios del DANE certifican que personas de 55 años en adelante tardan casi dos años en conseguir trabajo, si es que tienen suerte.
En el mercado laboral, se considerara como prepensionados a todos aquellos trabajadores que se encuentren en un período igual o inferior de tres años previos a cumplir con los requisitos de edad o tiempo de servicio para poder hacer efectivo el derecho a la pensión de vejez.
Y es a este grupo poblacional que apunta un proyecto de ley, aprobado ya en segundo debate en el Congreso y de autoría de los senadores Álvaro Uribe y Honorio Henríquez, del centro Democrático, que busca la protección de su derecho al trabajo y no puedan ser despedidos.
La idea es brindarles “estabilidad laboral” a aquellos empleados que se encuentren en un período próximo a ser pensionados, de modo tal que se pueda garantizar el derecho a la pensión y no se vean afectados en los tiempos próximos al acceso de este derecho, en consideración de que a una persona “ad portas” de cumplir con los requisitos para pensionarse se le dificulta la vinculación al mercado laboral, y por ende, un despido podría significar un cese de aportes que terminan por vulnerar sus derechos.
Según explicó el senador Henríquez, el objetivo no es otro que extender la figura de estabilidad laboral reforzada, que en el sector público se conoce como el retén social, establecida en la Ley 790 de 2002, a las personas vinculadas laboralmente con el sector privado, y garantizar acciones afirmativas en favor de los empleados en provisionalidad del sector público, sin desconocer el principio constitucional de acceso al empleo público por mérito.
“Extender esta garantía especial protegería el derecho al trabajo, a la salud, a una vida digna de las personas mayores y evitaría la realización de despidos injustificados o masivos de personas que adquieran la calidad de prepensionado por parte de sus empleadores”, afirmó el congresista.
En el caso del despido por justa causa, el empleador deberá solicitar permiso ante un inspector de trabajo, quien tendrá la responsabilidad de inspeccionar la no vulneración de los derechos y cerciorarse de que la motivación para la desvinculación del empleado no sea la avanzada edad.
De acuerdo con varios estudios del DANE, la duración e incidencia del desempleo es influida por la edad y por los niveles educativos. En otras palabras, el desempleo, para las personas jóvenes, es de corta duración, pero las instancias de desempleo son muy frecuentes; mientras que el desempleo para las personas mayores es de baja incidencia, pero de larga duración.

Así por ejemplo, para el año 2010, la vida laboral de los jóvenes empezaba en promedio a los 24 años, donde su punto más alto de participación en el mercado laboral era entre los 35 a los 44 años. De los 45 años en adelante su participación empieza a disminuir, por lo cual una gran parte de la población sale del mercado laboral formal antes de la jubilación.

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Después de cinco meses de estar ausente este importante medio de comunicación en redes, y   a solicitud de muchos lectores hemos decidido ...