EMISORA ONLINE

lunes, 25 de abril de 2016

EL GOTA A GOTA ES UN DELITO.


El Departamento de Policía Meta invita a la comunidad a denunciar el delito de usura a través de la línea 123 de emergencias y seguridad


 Bajo el lema ¡Que el gota a gota no te desangre el bolsillo, denúncielo!... Línea 123, el Departamento de Policía Meta lanza estrategia de prevención que será liderada por unidades de Investigación Criminal, Inteligencia Policial y Gaula, para incentivar a los ciudadanos a denunciar de manera oportuna si están siendo víctimas del delito de usura o el que llamamos en el argot popular como “gota a gota”.
Nuestros policías, en coordinación con la Fiscalía General, estarán prestos a iniciar las investigaciones que sean pertinentes para establecer la responsabilidad de quienes se lucran mediante esta modalidad delictiva.
Los usureros, serán capturados, para contrarrestar y extinguir la usura a través del “gota a gota” que tanta inseguridad e intranquilidad genera a la comunidad.
Invitamos a los ciudadanos a contactarse con la Policía Nacional a través de la línea 123 de atención de emergencias y seguridad, para que nos suministren información correspondiente que nos permita junto con la Fiscalía General a dar con el paradero de los responsables del “gota a gota” y ponerlos a buen recaudo de la autoridad competente.
 La Usura, es un delito tipificado en el artículo 305 del Código Penal (Ley 599 de 2000), que a la letra dice: “El que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente que para el período correspondiente estén cobrando los bancos, según certificación de la Superintendencia Bancaria, cualquiera sea la forma utilizada para hacer constar la operación, ocultarla o disimularla, incurrirá en prisión de dos (2) a cinco (5) años y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
El que compre cheque, sueldo, salario o prestación social en los términos y condiciones previstos en este artículo, incurrirá en prisión de tres (3) a siete (7) años y multa de cien (100) a cuatrocientos (400) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.


POR SOLICITUD DE MUCHOS ESTAMOS HACIENDO PRESENCIA NUEVAMENTE

Después de cinco meses de estar ausente este importante medio de comunicación en redes, y   a solicitud de muchos lectores hemos decidido ...