LA SANCIÓN LE FUE IMPUESTA POR DESATENDER LA OBLIGACIÓN DE
RESPONDER CON OPORTUNIDAD Y DE FONDO UN DERECHO DE PETICIÓN.
jueves, 18 octubre 2012 01:56 PM
La Procuraduría General de la Nación confirmó la decisión de
suspender en el ejercicio del cargo por el término de dos meses a la señora
María Gregoria Vásquez Correa, en su condición de jefe del Departamento de
Pensiones del Instituto de Seguros Sociales (ISS), por desatender la obligación
de responder de fondo y con oportunidad un derecho de petición.
Los hechos se relacionan con la queja presentada por una
pensionada que refirió la desatención de un derecho de petición presentado el
10 de enero de 2008 en el que solicitó se le informarán las razones por las
cuales no se le hicieron los incrementos especiales de la Ley 445 de 1998.
En atención a que la respuesta no atendió de fondo la
solicitud ni se le suministraron los documentos pedidos, la peticionaria tuvo
que presentar nuevos derechos de petición el 3 de marzo y 1 de abril de 2008,
en los cuales se dio la misma respuesta inicial.
Durante la investigación se evidenció que la solicitante tuvo
que interponer acción de tutela el 19 de agosto de 2008 para que se le
protegiera el derecho a tener respuesta de fondo a su derecho de petición, la
cual fue fallada a su favor el 29 de agosto de 2008 sin que la inculpada diera
cumplimiento a esa decisión judicial.
El Ministerio Público demostró que hubo omisión por parte de
la servidora pública, quien debía atender de fondo los reiterados escritos
radicados por la peticionaria, omisión con la cual incurrió en falta
disciplinaria en razón a que actuó de forma negligente frente a sus deberes
funcionales.
Al proferir la decisión de segunda instancia, la Procuraduría
Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa advirtió que la desatención
al deber de responder de fondo y con oportunidad los derechos de petición que
formulen los ciudadanos, tiene trascendencia social en la medida que se
vulneran derechos fundamentales que dejan a la comunidad inerme ante las
entidades que no atienden sus peticiones en debida forma ni orientan a los
usuarios para que tengan claridad sobre sus situaciones frente a las normas que
le son aplicables