ASÍ QUEDÓ ESTABLECIDO EN UN PROYECTO DE LEY APROBADO EN
ÚLTIMO DEBATE EN EL SENADO.
El Senado de la República aprobó un proyecto de ley que
regula las licencias de luto de los empleados del Estado.
Los senadores aprobaron la iniciativa que establece una
licencia por luto para los servidores públicos más amplía.
El permiso que se definió para esos empleados en caso de
fallecimiento de su cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar
hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y segundo civil,
una licencia remunerada por luto de cinco (5) días hábiles.
La ley establecía solo tres días de licencia cuando fallecía
un familiar en dicho grados.
Al proyecto le resta la sanción presidencial para que entre
en vigencia y sea avalado este beneficio para los servidores públicos.