En un documento de ocho
paginas procedente de la fiscal 7 delegada Unidad anticorrupción y teniendo
como base el sumario 1814, que se adelanta en contra de la profesional YANETH GUTIERREZ GARAVITO excandidata a la alcaldía municipal de
Acacìas y otras tantas personas, involucradas
en las misma diligencias, se lee concretamente
en el resuelve primero. “ CONCEDER el
beneficio de la LIBERTAD PROVISIONAL, a
los sindicados SONIA LILIANA GARCIA HERNANDEZ, YANETH GUTIERREZ GARQAVITO,
ALDEMAR ARBOLEDA CLAROS, JESUS RQAMON BERMUDEZ SANTAELLA, GABRIEL ORTEGA ROMERO,
LUIS ANTONIO LOPEZ MENDOZA, ALBERTO ANTONIO GONZALES CAÑIZALES, GUILLERMO LEON
VALENCIA SANTA, VICTOR EMILIO HERNANDEZ GONZALES, JAIME AUGUSTO JARAMILLO
PALALCINO Y CARLOS HUMBERTO RIVERA ARCE, según a lo anotado en la parte motiva y conforme al numeral 4 del articulo
365 de la ley 600 de 2000.
Lo proferido en dicho
documento da claridad que la desaparición
de la falta que conllevó a la detención de las personas sindicadas de las faltas
punibles como coautoras responsables de los delitos de CONTRATO SIN
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES, INTERES INDEBIDO EN LA CELEBARACION DE
CONTRATOS Y PECULADO POR APROPIACION A FAVOR DE TERCEROS,
no es total, por el contrario, se resolvió una solicitud de la parte
acusada concediendo al libertada provisional, pero ello no quiere decir, que se
ha extinguido en su totalidad la presunta violación a la ley penal y sobre todo
al Estado Social de derecho que regula
nuestro sistema jurídico de los
colombianos. Las personas sindicas seguirán inmersas en el proceso hasta cuando
la misma justicia diga lo contrario