El trabajo investigativo y coordinado de la SIJIN y la Fiscalía permitió obtener las
órdenes de captura contra seis agresores en edades entre los 27 y 84 años de
edad.Las capturas se realizaron en Vistahermosa, Puerto Rico, San Martín, Granada y Villavicencio.
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En desarrollo de la
operación “RENACER I”, adelantada por la Policía del Meta en contra de
abusadores sexuales, fueron capturados seis hombres mediante requerimientos
judiciales que fueron obtenidos gracias a los elementos materiales probatorios
y evidencias físicas aportadas a la Fiscalía por parte del personal de la
Unidad Investigativa Delitos Sexuales, Tráfico y Trata de Personas de la
Seccional de Investigación Criminal (SIJIN).
La operación se desarrolló los días 15, 16 y
17 de Mayo en zonas urbanas y rurales de los municipios de Villavicencio, Vista
Hermosa, San Martin, Puerto Rico y Granada, hasta donde se desplazaron los
integrantes de la Policía para hacer efectivas las ordenes de captura expedidas
por el juzgado segundo promiscuo municipal de Granada por los delitos de Acceso Carnal Abusivo y Actos
Sexuales Abusivos con Menor de 14 Años.
Las labores investigativas y
de Judicialización realizadas en coordinación con la fiscalía 20 seccional del
municipio de Granada, permitió la identificación, individualización,
judicialización y posterior captura de seis agresores sexuales identificados
como LEOPOLDO MONROY de 27 años, GUSTAVO TRUJILLO VALENCIA de 55 años, ANGEL
MARIA VERGARA PALACIOS de 56 años, DIEGO MAURICIO TILANO TRIANA de 29 años,
FAUSTINO LADINO ACOSTA de 32 años y CARLOS ENRIQUE MANCO MANCO de 84 años, a quienes le fue impuesta medida de
aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario.
El Comando de la Policía
del Meta, reitera nuevamente que la
seguridad de los niños, niñas y adolescentes se debe salvaguardar junto
con su integridad física y psíquica, como lo establece claramente la Ley 1098 de 2006. En particular
los siguientes artículos:
Art.18. “Derecho a la
integridad personal”; Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a
ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño o
sufrimiento físico, sexual o psicológico. En especial, tienen derecho a la
protección contra el maltrato y los abusos de toda índole por parte de sus
padres, de sus representantes legales, de las personas responsables de su
cuidado y de los miembros de su grupo familiar, escolar y comunitario.
Se entiende por maltrato
infantil toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o
psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación
sexual, incluidos los actos sexuales abusivos y la violación y en general toda
forma de violencia o agresión sobre el niño, la niña o el adolescente por parte
de sus padres, representantes legales o cualquier otra persona.
Art. 40.
“Obligaciones de la sociedad.”; Todas las organizaciones de la sociedad civil,
las asociaciones, las empresas, el comercio organizado, los gremios económicos
y demás personas jurídicas, así como las personas naturales, tienen la
obligación y la responsabilidad de tomar parte activa en el logro de la
vigencia efectiva de los derechos y garantías de los niños, las niñas y los
adolescentes. En este sentido, deberán: dar aviso o denunciar por cualquier
medio, los delitos o las acciones que los vulneren o amenacen