La Procuraduría General de la Nación suspendió
por un mes al director del Complejo Carcelario y Penitenciario de Ibagué,
Picaleña, (Tolima), Jairo Enrique Páez Durán, por irregularidades al otorgar un
permiso a un interno.
El ente de control
demostró que disciplinado omitió poner en conocimiento del Juzgado Cuarto de
Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué, la concesión de permiso de
hasta 72 horas sin vigilancia para salir del establecimiento penitenciario
entre los días 15 y 18 de mayo de 2017, a un condenado que aprovechándose de
este beneficio anteriormente había reportado fuga.
A juicio del Ministerio
Público, con esta conducta Páez Durán desconoció que este tipo de concesiones
debe contar con la aprobación establecida en el numeral 5º. del artículo 38 de
la Ley 906 de 2004, a la que debió someter y condicionar su decisión.
Igualmente incumplió el
numeral 4º del artículo 147 de la Ley 65 de 2000, que señala que “la Dirección
del Instituto Penitenciario y Carcelario podrá conceder permisos con la
regularidad que se establecerá al respecto, hasta de setenta y dos horas, para
salir del establecimiento, sin vigilancia, a los condenados que reúnan los
siguientes requisitos: (…) 4. No registrar fuga ni tentativa de ella, durante
el desarrollo del proceso ni la ejecución de la sentencia condenatoria (…)”.
La Procuraduría
Regional del Tolima calificó la falta como grave cometida con culpa grave.
La apoderada del
servidor interpuso recurso de apelación contra esta decisión de primera
instancia, que será resuelto por Procuraduría Delegada para la Vigilancia
Administrativa y Judicial.