Puerto López. Divergencias jurídicas surgidas entre los
dos magistrados que integran la sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la
Judicatura, tiene frenado la emisión del Fallo dentro de un proceso seguido al abogado, Víctor Manuel Bravo
Rodríguez, por estafa a una señora que contrató sus servicios, antes de ser
alcalde.
Se conoció que el
magistrado ponente, Cristian Eduardo Pinzón Ortiz, presentó proyecto de
sentencia y al ser discutido en sala, la magistrada, María de Jesús Muñoz
Villaquirán, se mostró en desacuerdo con lo allí consignado y presentó
salvamento de voto.
La diferencia de
criterios radica en que, para el magistrado sustanciador, Pinzón Ortiz, el
investigado abogado, Víctor Bravo, debe ser excluido de la profesión, lo que le
afectaría como alcalde, debido a que automáticamente se generaría una
incompatibilidad, por calificarse como falta gravísima la conducta en la que
incurrió.
Ante las consecuencias
que pueden sobrevenir contra el procesado, la magistrada, María de Jesús
Villaquirán, considera que la sanción es muy fuerte, y que, de imponer, sería
una suspensión temporal de la tarjeta profesional de abogado por tiempo cercano
a los dos años.
Ante la disparidad de
pensamientos, se hace necesario convocar conjueces para nivelar la sala, en
razón a que son dos los magistrados, y uno solo no puede tomar decisiones de
fondo.
De otra parte, se
conoció que el demandante radicará hoy viernes ante el Consejo Seccional de la
Judicatura del Meta, una solicitud de vigilancia administrativa en razón a que
el próximo 9 de octubre prescribe la acción disciplinaria del proceso.
Eso significa que
independientemente a como se produzca el fallo, éste será apelado en segunda
instancia y todo el trámite demorará otro tanto en el Consejo Superior de la
Judicatura en Bogotá, donde podrían declarar la cesación de procedimiento por
extinción de la acción procesal, y ordenar el archivo definitivo en favor del
procesado, Víctor Manuel Bravo Rodríguez.
El abogado ya había
sido sancionado, pero en tiempo record y menos de cuatro meses, la instancia
judicial en Bogotá, resolvió y decretó la nulidad parcial del proceso que en
marzo de 2015 había proferido el Consejo Seccional de la Judicatura del Meta, en
la cual lo declaró responsable de actos fraudulentos, mala fe y lesión enorme,
por lo que lo excluyó del ejercicio de la profesión de abogado.