Magistrados del Consejo
de Estado denegaron las pretensiones del abogado Ramiro Silva de anular la
credencial de la Representante a la Cámara por el Meta por medio de una acción
de nulidad electoral.
Los magistrados de la
Sección Quinta del Consejo de Estado Alberto Yepes Barreiro, Lucy Jeannette
Bermúdez y Susana Buitrago Valencia, negaron las pretensiones de la demanda de
Acción de Nulidad Electoral instaurada por el abogado Ramiro Silva nulificar la
credencial de la Representante a la Cámara por el Meta, Elda Lucy Contento
Sáenz.Así quedo impreso en la sentencia proferida por los magistrados ya
mencionados.
Silva había instaurado
la demanda aduciendo un presunto abandono de cargo por parte de la
representante Contento, abuso de funciones públicas y falsedad en documento por
parte de la Asamblea del Meta.
Para el consejo de
Estado, la renuncia de la entonces Diputada, Contento Sáenz, el 5 de Diciembre
de 2013 fue debidamente aceptada en sesiones extraordinarias de la Asamblea
departamental y en consecuencia causó efectos jurídicos.
Asimismo, quedó
aclarado, que la renuncia de la demandada al cargo de Diputada para el período
2012-2015, impidió que se configurara una inhabilidad establecida en el numeral
8° del artículo 179 de la Constitución Política, para ser elegida como
Representante a la Cámara para el período 2014-2018.
Por eso los magistrados
de la Sección Quinta del Consejo de Estado determinaron que si el demandante
considera que las actuaciones de la Asamblea Departamental del Meta configuran
algún delito, se le exhorta a que ponga tal circunstancia en conocimiento de
las autoridades pertinentes, si así lo estima necesario.
Aunque ganó este
litigio, la representante Contento tiene otro pendiente por pérdida de
investidura ante el mismo Consejo de Estado, cuyo magistrado ponente es Ramiro
de Jesús Pazos Guerrero y el demandante es
Edwin Gabriel Díaz.
