La audiencia pública se reanudará el próximo martes 9 de
octubre de 2012.Al proceso se encuentran
vinculados directivos y miembros del consejo directivo de Saludcoop, en su
condición de particulares que administran recursos públicos.
A las 9 de la mañana del próximo martes 9 de octubre se
reanudará el desarrollo de la audiencia pública que adelanta la Procuraduría
General de la Nación al cuerpo directivo y miembros del Consejo Directivo de
Saludcoop, para que respondan por posibles irregularidades derivadas al
desatender las instrucciones que debían observar en la formulación de recobros
y por probablemente apropiarse de recursos públicos en provecho propio.
Así lo dispuso el procurador segundo delegado para la
Vigilancia Administrativa, Fernando Brito Ruiz, quien escuchará en alegatos de
conclusión a los señores Carlos Augusto Palacino Antía, en su condición de
representante legal; Carolina Lamus, en su condición de vicepresidenta
administrativa y miembro de la junta administradora de Epsifarma; y Javier
Mauricio Sabogal Jaramillo, vicepresidente financiero, representante legal
suplente y apoderado general de Saludcoop.
Así mismo, los miembros principales del Consejo de
Administración para el período comprendido entre el 2009 y el 2011, Alberto
Castro Cantillo, José Enrique Corrales Enciso, Jaime Chávez Suárez, Claudia
López Ochoa, Rene Cavanzo Alzugarate,
Gabriel Franco Espinosa y Ana María Piñeros Ricardo.
Para el Ministerio Público, en la medida en que Saludcoop
tiene a su cargo el manejo de recursos del sistema de seguridad social, que de
acuerdo con pronunciamiento de la Corte Constitucional son rentas de naturaleza
parafiscal que comportan contribuciones obligatorias de naturaleza pública, a
los investigados les cabe responsabilidad disciplinaria por los hechos
irregulares que se demuestren durante el proceso.
De acuerdo con las pruebas recaudadas en la investigación,
los acusados, al parecer, incurrieron en faltas gravísimas al realizar recobros
al Fosyga por medicamentos, servicios médicos o prestaciones excepcionales en
salud, no POS y fallos de tutela, utilizando como soporte del pago cheques
girados, los cuales, según la auditoria forense, no fueron entregados a sus
beneficiarios.