La Procuraduría General de la Nación, en fallo de
segunda instancia, confirmó suspensión en el ejercicio del cargo e inhabilidad
especial por el término de tres 3 meses al señor Geovaldis González Jiménez,
alcalde municipal (E) de El Carmen de Bolívar, para la época de los hechos, por
extralimitarse en el ejercicio de sus funciones.
Según determinó la Procuraduría
Regional de Bolívar, González en su condición de alcalde (E) expidió un acto
administrativo en el que retiró de sus funciones a José Miguel Torres Acevedo,
gerente de la ESE Centro de Salud Giovani Cristini, y encargó a Mónica Corina
Muñoz Méndez, quien se encuentra vinculada a la administración municipal como
líder de Promoción y Prevención en la Secretaría de Salud Municipal.
Dicha decisión se fundamentó en el
artículo 32 de la Ley 1151 de 2007, declarado por la Corte Constitucional como
inexequible, lo que se constituye como falta disciplinaria.
En consecuencia, a partir del 5 de
noviembre de 2008, fecha de ejecutoria del mencionado fallo, jurídicamente
resulta improcedente retirar del servicio a los gerentes o directores de
Empresas Sociales del Estado del orden territorial, conducta por la que el
alcalde encargado infringió sus deberes funcionales.
El Ministerio Público calificó la falta
de manera definitiva como grave a título de dolo.