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viernes, 19 de abril de 2013

POSIBLE SANCIÓN INTERNACIONAL POR IRRESPETAR LA CONSULTA PREVIA..EN EL PAÍS SE HAN OTORGADO 2.331 LICENCIAS AMBIENTALES Y SÓLO SE HAN HECHO 156 CONSULTAS PREVIAS

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Si el Estado colombiano no respeta la consulta previa podría ser sancionado por los organismos internacionales tal como ocurrió en Surinam, en donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos multó al país por omitir este mecanismo.
Así lo aseguró Tom Griffits, representante de la ong Forest People Programm de Inglaterra, que defiende a nivel mundial los derechos territoriales de los pueblos indígenas, afro descendientes o campesinos, y quien además señaló que es una obligación de los países realizar consultas previas siempre que haya un proyecto que afecte las tierras, agua, bosques o intereses generales de algún pueblo.
Según Gloria Amparo Rodríguez, directora de la maestría en Derecho Ambiental de la Universidad del Rosario, aunque en el país se han otorgado 2.331 licencias ambientales, sólo se han hecho 156 consultas previas, lo que significa que el derecho de participación de estos pueblos ha sido limitado. "No quiere decir que siempre haya que hacer consulta previa, pero donde están las comunidades étnicas es imperativo que este mecanismo sea efectivo", reiteró.
A esto se suma que no hay voluntad política al respecto. "Nuestros gobiernos tienen poca visión de futuro, menosprecian los recursos renovables como los bosques y el agua y ponen los derechos de los inversores extranjeros por encima de aquellos que han vivido y trabajado la tierra por generaciones", afirmó Margarita Flórez, directora de la asociación Ambiente y Sociedad.
Señala el informe que es preocupante la flexibilización de la legislación para agilizar el otorgamiento de licencias ambientales bajo el amparo de la promoción del desarrollo económico, y por si fuera poco, se han reducido los plazos de la evaluación de los estudios de impacto ambiental, incluidos los periodos de consulta ciudadana, lo que dificulta la participación de las comunidades locales.
De otro lado, el plazo máximo total para decidir sobre el otorgamiento o no de la licencia ambiental pasó de 120 a 90 días. Además, en Colombia primero se expide el título minero y luego se inicia el proceso de licenciamiento, lo cual, en la práctica, supedita éste a la primera decisión administrativa

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