El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez
Maldonado, rindió concepto en el proceso de control constitucional relativo al
acto legislativo 01 de 2012, “Por medio del cual se establecen instrumentos
jurídicos de justicia transicional en el marco del artículo 22 de la
Constitución Política de Colombia” y le
solicitó a la Corte Constitucional que declaren inexequibles las expresiones
“máximos”, cometidas “de manera sistemática” y “todos”, criterios de selección
establecidos en el artículo 1 del acto legislativo denominado “Marco Jurídico
para la Paz”.
Con dicho acto legislativo lo que pretenden es que en un
futuro una Ley Estatutaria pueda autorizar que se renuncie a investigar y
adelantar la persecución judicial penal de “todos” los casos en donde se
entienda que los “crímenes de lesa humanidad, genocidio, o crímenes de guerra”
no fueron cometidos por sus “máximos” responsables o no fueron cometidos “de
manera sistemática”.
El jefe del Ministerio Público fundamentó dicha solicitud
explicando que los criterios de selección demandados suponen una sustitución de
la Constitución en tanto que, principalmente, vulneran el bloque de
constitucionalidad, dado que violan compromisos internacionales adquiridos por
Colombia respecto de la investigación y sanción de los señalados delitos, es
decir, los delitos que son considerados como crímenes internacionales.